DERECHO A LA DEVOLUCION DE LA PLUSVALIA MUNICIPAL EN CASOS DE VENTA “A PERDIDA” DE LA VIVIENDA.
Uno de los tributos propios que pueden establecer los ayuntamientos para financiarse, junto con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como Plusvalía.