Concurso Culpable
Retraso en solicitar la declaración de concurso.
Responsabilidad de los administradores.
Condena al pago del déficit concursal.
Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo.
Viene siendo habitual en nuestros días la reticencia de muchos administradores de sociedades en crisis a presentar concurso de acreedores aun cuando se encuentran con la imposibilidad de cumplir con el pago de sus obligaciones corrientes pensando que, con el tiempo, podrán superar dicha situación y continuar con el ejercicio normal de su actividad comercial o industrial.