DERECHO DE SEPARACION DEL SOCIO POR FALTA DE REPARTO DE BENEFICIOS

DERECHO DE SEPARACION DEL SOCIO POR FALTA DE DISTRIBUCION DE BENEFICIOS

El pasado día 30 de diciembre de 2018 entró en vigor la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad que, entre otras previsiones, modifica el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital que regula el derecho de un socio minoritario a separarse de la sociedad ante la falta de reparto de un dividendo mínimo, y cuya finalidad es la de evitar posibles situaciones de abuso por parte de los socios mayoritarios respecto de los minoritarios y terminar con la litigiosidad existente sobre la materia desde que en 2011 se introdujera ese derecho de separación.

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