NULIDAD DE LOS CONTRATOS DE CREDITO AL CONSUMO SUSCRITOS CON CONSUMIDORES

La Audiencia Provincial de Huesca, tal y como sosteníamos en ESPINILLA ABOGADOS, SLP, ha declarado la nulidad de pleno derecho de un contrato de crédito suscrito con un consumidor y con ello la obligación de pago tanto de los intereses moratorios como de los intereses remuneratorios al no superar los criterios de transparencia que marca el Tribunal Supremo e incurrir en usura. Igualmente declara abusivas las cláusulas relativas al pago de comisiones por devolución de recibos impagados, gastos e indemnización por vencimiento anticipado o primas del seguro concertado en caso de impago.

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